DEUDA PÚBLICA MUNICIPAL. EL PRESIDENTE Y EL SÍNDICO DEL MUNICIPIO DE SUSTICACÁN, ZACATECAS, CARECEN DE FACULTADES PARA SUSCRIBIR PAGARÉS CON LA FINALIDAD DE GARANTIZAR EL PAGO DE ESTÍMULOS A LOS INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

DEUDA PÚBLICA MUNICIPAL. EL PRESIDENTE Y EL SÍNDICO DEL MUNICIPIO DE SUSTICACÁN, ZACATECAS, CARECEN DE FACULTADES PARA SUSCRIBIR PAGARÉS CON LA FINALIDAD DE GARANTIZAR EL PAGO DE ESTÍMULOS A LOS INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO.

Fecha: 20-Oct-2017

Ibíd P

16. Tesis 2a./J. 55/2014 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Segunda Sala, Libro 6, Tomo II, mayo de 2014, página 804, jurisprudencia (común) «y Semanario Judicial de la Federación del viernes 23 de mayo de 2014 a las 10:06 horas».

17. "Artículo 1. Esta ley es de orden público y de carácter general, reglamentaria de la fracción XIV del artículo 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas. Tiene por objeto establecer las bases y requisitos para la concertación y contratación de empréstitos y créditos o emisión de valores; así como la administración, gestión, refinanciamiento, reestructuración, registro y control de los recursos provenientes de las operaciones señaladas, que en su conjunto constituyen la deuda pública del Estado de Zacatecas y sus Municipios."

"Artículo 2. La deuda pública está constituida por las obligaciones directas, indirectas y contingentes derivadas de empréstitos, créditos y financiamientos, siempre que no contravengan lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado, a cargo de las siguientes entidades públicas:

"...