AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1644/2021. 13 DE OCTUBRE DE 2021. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN ESTÁ CON EL SENTIDO, PERO POR RAZONES ADICIONALES Y SE APARTA DE ALGUNOS PÁRRAFOS, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, QUIEN RESERVÓ
Fecha: 20-May-2022
Artículo Procede El Recurso De Revisión
"...
"II. En amparo directo, en contra de las sentencias que resuelvan sobre la constitucionalidad de normas generales que establezcan la interpretación directa de un precepto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos u omitan decidir sobre tales cuestiones cuando hubieren sido planteadas, siempre que a juicio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el asunto revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos. La materia del recurso se limitará a la decisión de las cuestiones propiamente constitucionales sin poder comprender otras."
8. Estas consideraciones fueron sustentadas en el amparo directo en revisión 1126/2021, aprobado por esta Primera Sala en sesión de 18 de agosto de 2021, por mayoría de cuatro votos de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández (ponente), los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo, y la Ministra presidenta Ana Margarita Ríos Farjat, en contra del emitido por el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
9. Resuelto en sesión de 15 de noviembre de 2017, por unanimidad de cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, José Ramón Cossío Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo (ponente), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández, quien reservó su derecho para formular voto concurrente.
10. El Tribunal Colegiado consideró aplicable la tesis 1a. LV/2018 (10a.), sin embargo, ésta actualmente integró la jurisprudencia 1a./J. 54/2019 (10a.).
11. Jurisprudencia 1a./J. 55/2018 (10a.), publicada en Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 58, septiembre de 2018, Tomo I, página 725, registro digital: 2018012.
12. Jurisprudencia 1a./J. 56/2018 (10a.), publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 58, septiembre de 2018, Tomo I, página 727, registro digital: 2018013.
13. Jurisprudencia 1a./J. 59/2018 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 60, noviembre de 2018, Tomo I, página 830, registro digital: 2018343.
14. Jurisprudencia 1a./J. 54/2019 (10a.), publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 68, julio de 2019, Tomo I, página 184, registro digital: 2020268.
15. Resuelto en sesión de 15 de noviembre de 2017, bajo la ponencia del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo (unanimidad de cinco votos).
16. Resuelto en sesión de 10 de enero de 2018, bajo la ponencia del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo (mayoría de cuatro votos).
17. Resuelto en sesión de 17 de enero de 2018, bajo la ponencia del Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena (unanimidad de 4 votos).
18. Resuelto en sesión de 21 de febrero de 2018, bajo la ponencia del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea (unanimidad de 5 votos).
19. Resuelto en sesión de 21 de febrero de 2018, bajo la ponencia del Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea (unanimidad de 5 votos).
- Cuestionario
- I Antecedentes
- Ii Trámite Del Juicio De Amparo
- Iii Presupuestos Procesales
- A Cuestiones Necesarias Para Analizar El Asunto
- Deje Insubsistente La Sentencia Reclamada
- B Análisis Del Asunto
- La Respuesta A Esta Interrogante Es Positiva Atento A Las Siguientes Consideraciones
- V Estudio De Fondo
- A De Los Principios Generales
- Consideraciones
- Estructura Del Artículo
- Apartado A Principios Del Proceso
- I Requiere La Necesaria Presencia Del Juez En El Desarrollo De La Audiencia
- Ii Exige La Percepción Directa Y Personal De Los Elementos Probatorios Útiles Para La Decisión
- En La Valoración De La Prueba Es Posible Advertir Tres Estadios Diferentes
- C Después De Determinar Su Valor Probatorio Establecer Su Alcance Demostrativo Para Qué Sirve
- Revisión De La Interpretación Constitucional Del Principio De Inmediación En La Sentencia Recurrida
- Vi Decisión
- En Consecuencia Esta Primera Sala De La Suprema Corte De Justicia De La Nación
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- El Tribunal Internacional Señaló En La Opinión Consultiva Oc De De Octubre De