AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1644/2021. 13 DE OCTUBRE DE 2021. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN ESTÁ CON EL SENTIDO, PERO POR RAZONES ADICIONALES Y SE APARTA DE ALGUNOS PÁRRAFOS, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, QUIEN RESERVÓ
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1644/2021. 13 DE OCTUBRE DE 2021. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN ESTÁ CON EL SENTIDO, PERO POR RAZONES ADICIONALES Y SE APARTA DE ALGUNOS PÁRRAFOS, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, QUIEN RESERVÓ

Fecha: 20-May-2022

Cuestionario

¿Se actualizan los requisitos que hacen procedente el recurso de revisión en amparo directo, previstos en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Federal y 81, fracción II, de la Ley de Amparo?

¿El Tribunal Colegiado se ajustó a la interpretación constitucional del principio de inmediación en la audiencia de juicio oral del proceso penal acusatorio, realizada por esta Primera Sala?

Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión del día trece de octubre de dos mil veintiuno, emite la siguiente:

SENTENCIA

Correspondiente al amparo directo en revisión 1644/2021, interpuesto por *********, en contra de la sentencia dictada por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, en el amparo directo **********.