AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 724/2021. 6 DE OCTUBRE DE 2021. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN ESTÁ CON EL SENTIDO, PERO EN CONTRA DE CONSIDERACIONES Y CON CONSIDERACIONES ADICIONALES, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MIN
Fecha: 13-May-2022
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19. Comité sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, Recomendación General Número 19: violencia contra la mujer, 11a. sesión, 1992, A/47/38, para. 9.
20. Véase Comité sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, A.T. Vs. Hungría, Comunicación no. 2/2003, adoptada el 26 de enero de 2005.
21. Comisión de Derechos Humanos, Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, Yakin Ertürk, Integración de los derechos humanos de la mujer y la perspectiva de género: violencia contra la mujer, la norma de la diligencia debida como instrumento para la eliminación de la violencia contra la mujer, 62o. periodo de sesiones, E/CN.4/2006/61, 20 de enero de 2006, para. 89. 22. Comité sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, Recomendación General número 19: violencia contra la mujer, 11a. sesión, 1992, A/47/38, para. 23.
23. Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Barbani Duarte y otros Vs. Uruguay, Fondo, Reparaciones y Costas, sentencia de 13 de octubre de 2011, Serie C, No. 234, párrafo 122.
24. Derivado de la interpretación del artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, véase Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Trabajadores Cesados del Congreso (Aguado Alfaro y otros) Vs. Perú, Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, sentencia de 24 de noviembre de 2006, serie C, No. 158, párrafo 126; y, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Canales Huapaya y otros Vs. Perú, excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas, sentencia de 24 de junio de 2015, Serie C, No. 296, párrafo 99.
- Cuestionario
- I Antecedentes
- Amparo Adhesivo Promovió Amparo Adhesivo
- Ii Presupuestos Procesales
- Conceptos De Violación La Quejosa Alegó Sustancialmente Lo Siguiente
- I Daño Moral Por La Violencia Económica Y Patrimonial
- Ii Daño Moral Por Violencia Psicológica
- B Estudio Sobre La Procedencia Del Recurso
- Iv Estudio De Fondo
- V Decisión
- Primeroen La Materia De La Revisión Se Revoca La Sentencia Recurrida
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Tal Como Lo Señala El Tribunal Colegiado En La Foja De La Sentencia De Amparo Directo
- El Código De Procedimientos Civiles Para El Estado De Guanajuato Establece
- El Valor Probatorio De Las Presunciones Restantes Quedará Al Prudente Arbitrio Del Juez
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