AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2937/2021. 16 DE MARZO DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, QUIEN FORMULÓ VOTO CONCURRENTE, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, JORGE MARIO PARDO R
Fecha: 15-Jul-2022
Para Acreditar Lo Anterior Ofreció Como Pruebas Las Siguientes
• La documental pública de actuaciones: consistente en todo lo actuado dentro del expediente ********* radicado en el juzgado de Exhortos de la Zona Metropolitana del Estado de Puebla;
• Las documentales públicas: consistentes en el acta de nacimiento de su menor hija, expedida por el Juez del Registro Civil y el acta de matrimonio de la madre y el padre de la menor, expedida por el Juez del Registro Civil de Azumitla, Puebla;
• La documental pública: consistente en la copia certificada de la carpeta de investigación *********, expedida por la Fiscalía General del Estado de Puebla, Fiscalía de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos Unidad de Investigación Especializada en Violencia Familiar y Delitos de Género, Primer Turno, y en la cual el dieciséis de mayo del mismo año se le otorgó y decretó la medida de protección a su favor;
• La documental pública: consistente en las copias certificadas de la controversia familiar ********, en la que se le otorgó la guarda y custodia provisional y definitiva de su menor hija;
• La documental pública: consistente en el oficio que se sirva girar la Secretaría de Relaciones Exteriores;
- Cuestionario
- I Antecedentes
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad Y Legitimación
- Iv Procedencia
- A Cuestiones Necesarias Para Resolver
- B Estudio Sobre La Procedencia Del Recurso
- Los Estados Signatarios De La Presente Convención
- A Localizar Al Menor Trasladado O Retenido De Manera Ilícita
- D Intercambiar Información Relativa A La Situación Social Del Menor Si Se Estima Conveniente
- Artículo
- Para Acreditar Lo Anterior Ofreció Como Pruebas Las Siguientes
- La Testimonial A Cargo De La Maestra De Preescolar De La Niña
- La Presuncional En Su Doble Aspecto
- Vi Decisión
- En Consecuencia Esta Primera Sala De La Suprema Corte De Justicia De La Nación
- Tercerose Declara Infundada La Revisión Adhesiva
- Obtenidos De La Sentencia Recurrida Página En Adelante
- La Finalidad De La Presente Convención Será La Siguiente