AMPARO DIRECTO 425/2005. URIARTE TALAVERA, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 425/2005. URIARTE TALAVERA, S.A. DE C.V.

Fecha: 01-Ene-1917

Por Lo Expuesto Y Fundado Es De Resolverse Y Se Resuelve

ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Uriarte Talavera, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra el acto que reclamó de la Primera Sala Regional de Oriente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa consistente en la sentencia dictada en el juicio de nulidad 1117/05-12-01-6, el trece de septiembre de dos mil cinco.

Notifíquese; regístrese con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad archívese este expediente como asunto concluido.

Así, lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados presidente Jaime Raúl Oropeza García, Ma. del Pilar Núñez González y Manuel Rojas Fonseca, siendo relator el primero de los nombrados.