Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 1298/2012. 31 DE ENERO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: MARÍA DEL ROSARIO MOTA CIENFUEGOS. SECRETARIO: ARMANDO GUADARRAMA BAUTISTA.
Fecha: 31-Ene-2013
Conceptos De Violación Que Controvierten Lo Determinado Con Relación Al Aguinaldo Devengado
En el octavo concepto de violación, la quejosa se duele de que la responsable dejó de considerar el contenido del artículo 48 del Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, del que se deriva que todo trabajador que hubiese laborado en el ejercicio anual anterior tendrá derecho a que se le cubra la cantidad correspondiente a 55 días del promedio de los salarios ordinarios que le correspondan; por tanto, fue ilegal que se haya abstenido de condenar al pago de aguinaldo, bajo el argumento de que le fue cubierto por las terceras perjudicadas, lo que de autos no se desprendía.
- Considerando
- Conceptos De Violación En Los Que Se Introduce El Examen De Infracciones Procesales
- Lo Alegado Es Infundado
- Los Conceptos De Violación Reseñados Son Inoperantes
- En Argumentos Contenidos En El Preámbulo De Los Conceptos De Violación La Quejosa Aduce
- A Omitió Ocuparse De Los Argumentos Hechos Valer Por Las Partes En El Procedimiento
- La Responsable Absolvió De Las Prestaciones Señaladas Al Considerar Esencialmente Que
- Los Conceptos De Violación Son Infundados
- Conceptos De Violación Relativos Al Reclamo De Tiempo Extra Devengado
- La Junta Absolvió Del Pago De Horas Extras Sobre La Base De Las Siguientes Premisas
- El Reclamo Resultaba Inverosímil
- Tiempo Extra Teo Tea Y Bases De Cálculo
- Conceptos De Violación Que Controvierten Lo Determinado Con Relación Al Aguinaldo Devengado
- En El Hecho Xiii La Actora Precisó
- Conceptos De Violación En Los Que Se Aducen Omisiones En El Laudo
- Las Prestaciones A Las Que Hace Referencia La Quejosa Consistieron Esencialmente En Las Siguientes