AMPARO DIRECTO 884/2012 (EXPEDIENTE AUXILIAR 138/2013). 22 DE FEBRERO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: LIVIA LIZBETH LARUMBE RADILLA. SECRETARIO: JOSÉ FRANCISCO AGUILAR BALLESTEROS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 884/2012 (EXPEDIENTE AUXILIAR 138/2013). 22 DE FEBRERO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: LIVIA LIZBETH LARUMBE RADILLA. SECRETARIO: JOSÉ FRANCISCO AGUILAR BALLESTEROS.

Fecha: 22-Feb-2013

Ii La Pericial En Caligrafía Y Documentoscopia

4) Por su parte, los actores no objetaron dichos documentos en cuanto a su contenido y firma, sino que se constriñeron a referir al formular sus alegatos las razones por las que no debía otorgárseles valor probatorio.(15)

5) Así, la responsable admitió las documentales ofertadas por la demandada (escritos de renuncia) aclarando que no era el caso admitir los medios de perfeccionamiento que ofertó porque los escritos de renuncia no fueron objetados.(16)

6) Finalmente, al dictar el laudo aquí reclamado, la responsable determinó que los actores no objetaron los escritos de renuncia cuya suscripción les fue atribuida por la enjuiciada, pues sólo manifestaron objeciones en el periodo de alegatos que evidenciaban razonamientos exclusivos de valoración, por lo que al reconocerse tácitamente el contenido de las renuncias atribuidas a los enjuiciantes, les otorgó valor probatorio, dado que reflejaban una "manifestación unilateral del trabajador expresando su deseo o intención de ya no prestar sus servicios al patrón."