AMPARO DIRECTO 5/2013. 13 DE MARZO DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: LIVIA LIZBETH LARUMBE RADILLA. SECRETARIO: JOSÉ ADAM AZCORRA PUC.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 5/2013. 13 DE MARZO DE 2014. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: LIVIA LIZBETH LARUMBE RADILLA. SECRETARIO: JOSÉ ADAM AZCORRA PUC.

Fecha: 03-Oct-2014

Análisis De Fondo

Por otra parte, en lo atinente al análisis de fondo de la litis planteada por las partes, donde se resolverá lo relativo a la operancia de la caducidad de la instancia, se concede a la Sala responsable el plazo máximo de ocho días para que, una vez que deje insubsistente la resolución reclamada, dé cumplimiento a la presente ejecutoria; ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 618 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo.(23)

Lo anterior, pues si bien la litis planteada es del total conocimiento de la Sala responsable, no se soslaya que emitir una nueva sentencia en cumplimiento a los efectos indicados en la presente ejecutoria, a pesar de constreñirse a un punto concreto -interpretación conforme e interpretación pro persona de un diverso dispositivo legal-, implicará una nueva construcción jurisdiccional que, en su caso, ameritará el correspondiente análisis y discusión que indica el código adjetivo aplicable.

De igual forma, se hace el apercibimiento a dicha autoridad que de no hacerlo así en el término establecido y/o sin causa legal justificada, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 192, segundo párrafo, de la ley de la materia,(24) se le impondrá una multa de cien días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, en términos del numeral 258 del propio ordenamiento.(25)

Además, se seguirá el trámite que establece el artículo 193 de la Ley de Amparo, el cual implica remitir los autos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que se determine si procede separar del cargo al titular responsable y su consignación ante un Juez de Distrito por el delito de incumplimiento de sentencias de amparo.(26)