AMPARO DIRECTO 431/2013. 20 DE SEPTIEMBRE DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: VÍCTORINO ROJAS RIVERA. PONENTE: JUAN GARCÍA OROZCO. SECRETARIA: NORMA NAVARRO OROZCO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 431/2013. 20 DE SEPTIEMBRE DE 2013. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: VÍCTORINO ROJAS RIVERA. PONENTE: JUAN GARCÍA OROZCO. SECRETARIA: NORMA NAVARRO OROZCO.

Fecha: 16-May-2014

La Fracción Xxii

3. Pago de tres meses de salario, a elección del trabajador, en lugar del cumplimiento del contrato, si el patrón despide a un obrero sin causa justificada;

4. Pago de tres meses de salario, a elección del trabajador, en lugar del cumplimiento del contrato, si el patrón despide a un obrero por haber ingresado a una asociación o sindicato;

5. Pago de tres meses de salario, a elección del trabajador, en lugar del cumplimiento del contrato, si el patrón despide a un obrero por haber tomado parte en una huelga lícita;

6. Pago de la indemnización establecida por la ley reglamentaria (Ley Federal del Trabajo), para los casos en que se exima al patrón de cumplir el contrato;

7. Pago de tres meses de salario, cuando el trabajador se retire del servicio por falta de probidad del patrón; y,

8. Pago de tres meses de salario, cuando el trabajador se retire del servicio por recibir en su persona, en la de su cónyuge, padres, hijos o hermanos, malos tratamientos del patrón, de sus dependientes o familiares, que obren con el consentimiento o tolerancia del primero.