AMPARO DIRECTO 555/2014. 22 DE ENERO DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: VÍCTOR FRANCISCO MOTA CIENFUEGOS. SECRETARIO: ARTURO ALBERTO GONZÁLEZ FERREIRO.
Fecha: 26-Jun-2015
A Juicio De Este Tribunal Colegiado De Circuito La Respuesta Es Negativa
Lo anterior es así, porque de autos se desprende que fue desahogada la pericial en documentoscopia y grafoscopia ofrecida por el vendedor (demandado), dictamen visible a fojas ciento diecinueve del expediente principal; mientras que la pericial ofrecida por el actor (comprador-quejoso) fue declarada desierta en la audiencia de juicio de veintitrés de junio de dos mil catorce, por lo que sólo se desahogó la rendida por el perito del enjuiciado.
Al respecto, debe estarse a lo previsto por los artículos 1015, primer párrafo y 1016 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, relativos al desahogo de la prueba pericial en el juicio oral civil, dispositivos que establecen lo siguiente:
"Artículo 1015. En caso de que alguno de los peritos de las partes no exhiba su dictamen dentro del plazo señalado por el Juez, precluirá su derecho para hacerlo y en consecuencia la prueba se desahogará con el dictamen que se tenga por rendido. En el supuesto de que ninguno de los peritos exhiba su dictamen en el plazo señalado se dejará de recibir la prueba."
"Artículo 1016. Los peritos asistirán a la audiencia respectiva con el fin de exponer verbalmente las conclusiones de sus dictámenes, a efecto de que se desahogue la prueba con los exhibidos y respondan las preguntas que el Juez o las partes les formulen, debiendo acreditar, en la misma audiencia y bajo su responsabilidad, su calidad científica, técnica, artística o industrial para el que fueron propuestos, con el original o copia certificada de su cédula profesional o el documento respectivo. En caso de no asistir los peritos designados por las partes, se tendrá por no rendido su dictamen y de no presentarse el perito tercero en discordia se le impondrá una sanción pecuniaria equivalente a la cantidad que cotizó por sus servicios, en favor de las partes, en igual proporción."
En el particular, la Juez de proceso oral civil declaró desierta la pericial ofrecida por el actor (comprador-quejoso) porque el especialista designado por este último no se presentó a la audiencia de juicio para el desahogo de la referida probanza.
Consecuentemente, este Tribunal Colegiado de Circuito considera que debe valorarse el dictamen rendido por el perito designado por el demandado (vendedor).
En principio, debe señalarse que el demandado, **********, estampó diez firmas ante la presencia judicial, precisamente, en la audiencia preliminar que tuvo verificativo el diecinueve de mayo de dos mil catorce, las cuales se reproducen a continuación:
- Considerando
- La Responsable Violó Los Derechos Consagrados En Los Artículos Y Constitucionales
- Novenoanálisis De La Cuestión Planteada
- Ahora Bien En Su Contestación De Demanda El Vendedor Manifestó Lo Siguiente
- Que Devolvió Al Adquirente Las Cantidades Que Éste Cubrió Como Pago Del Precio
- Que Diga Por Qué Lo Conoce
- En Concepto De Qué Eran Esos Quince Mil Pesos
- En Base A Qué
- Qué Dinero Le Entregaron Juez
- Con Motivo De Qué Debía Usted Ese Dinero Juez
- Se Insertaron Imágenes
- A Juicio De Este Tribunal Colegiado De Circuito La Respuesta Es Negativa
- Se Insertó Imagen
- Pues Bien El Apartado Denominado Estudio Del Documento Dice Lo Siguiente
- La Documental Consistente En El Contrato De Compraventa De Siete De Octubre De Dos Mil Cuatro
- La Testimonial A Cargo De Y
- Que Nos Diga El Testigo Qué Ocurrió El Día Siete De Julio De Dos Mil Cinco
- Recuerda Usted Quiénes Estaban En Ese Momento
- Quién Perdón
- Recuerda Usted El Lugar Donde Fue
- Respuesta Sí Mi Familia Compra Y Vende Fruta Y Verdura En La Central De Abastos
- Qué Ocurrió El Día Siete De Julio De Dos Mil Cinco
- Pregunta De La Juez Quién Es Su Esposo
- Que Nos Diga La Testigo Quiénes Estaban Ese Día
- Recuerda Usted Dónde Fueron Los Hechos Que Usted Acaba De Comentar
- En Qué Horario Hizo La Entrega Del Dinero
- Cuál Fue La Cantidad Que Le Otorgó Al Señor
- Interrogatorio De La Parte Demandada
- Respuesta Mire Sería Mentirle Fechas Exactas Fue En El Dos Mil Cuatro
- Cuándo Refiere Usted Que Se Firma El Contrato De Compraventa Base De Su Acción Quiénes Estaban
- Pregunta De La Juez Cuándo Fue Antes Cuándo
- Quiénes Estaban Presentes Al Momento De La Firma Del Contrato
- Respuesta Del Señor
- Respuesta Igual Nada Más Mi Esposa El Señor Y Yo
- Respuesta Yo Tenía Un Original Y A Él Se Le Dio Un Original También
- Respuesta Yo Recuerdo Que Faltaba Un Testigo
- Juez No Conteste Abogada Ello No Es Materia De La Litis
- Respuesta Mi Esposa Y Yo Nada Más
- El Artículo Del Código Civil Para El Distrito Federal Establece Lo Siguiente
- Pues Bien El Actor Hoy Quejoso Afirmó En Su Demanda Lo Siguiente
- Al Respecto Conviene Añadir Que En Su Contestación De Demanda El Enjuiciado Refirió Lo Siguiente
- De Inmediato Dejar Insubsistente La Sentencia Reclamada