AMPARO DIRECTO 381/2015. 21 DE ABRIL DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FROYLÁN MUÑOZ ALVARADO. SECRETARIO: MIGUEL ÁNGEL CASTILLO BASURTO.
Fecha: 08-Jul-2016
Conceptos De Violación De Fondo
Es infundado el concepto de violación del inciso c), relativo a que dentro de la causa penal de origen no existen pruebas suficientes para acreditar el delito de lesiones que prevén y punen los artículos 269, 270, fracción II y 274 del Código Penal (vigente en la época de los hechos -enero de 2013-), ni la responsabilidad penal del quejoso en su comisión, ya que no se realiza una correcta valoración de las pruebas, ni se desprende de ellas que éste le hubiere inferido las lesiones al ofendido; pues contrario a tal pretensión, no le asiste la razón al solicitante del amparo, porque como legalmente lo sostuvo el Magistrado responsable, en la causa penal existen elementos probatorios aptos y suficientes para tener por comprobado el delito y la plena responsabilidad del quejoso en su comisión, con base en lo precisado a continuación:
- Considerando
- Formalidades Del Procedimiento
- Concepto Sobre Violaciones Formales
- Sirve De Apoyo La Jurisprudencia Que A Continuación Se Transcribe
- Conceptos De Violación De Fondo
- Estudio Del Delito
- Artículo Lesión Es Toda Alteración En La Salud Producida Por Una Causa Externa
- Plena Responsabilidad
- Pruebas De Descargo
- Apoya A Lo Anteriormente Determinado La Tesis De Título Subtítulo Y Texto
- Excluyentes De Incriminación
- Grado De Culpabilidad
- Individualización De Las Penas
- Pena De Tres Meses Y Quince Días De Prisión
- Reparación Del Daño
- Amonestación Y Suspensión De Derechos
- Resulta Aplicable A Lo Anteriormente Determinado La Jurisprudencia Pj Que Dice
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve