AMPARO DIRECTO 598/2015. 21 DE ABRIL DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ARIEL ALBERTO ROJAS CABALLERO. SECRETARIO: JAVIER CRUZ VÁZQUEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 598/2015. 21 DE ABRIL DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ARIEL ALBERTO ROJAS CABALLERO. SECRETARIO: JAVIER CRUZ VÁZQUEZ.

Fecha: 15-Jul-2016

Prima De Antigedad Legal

En el disentimiento agrupado en el apartado 2, el quejoso estima que en el caso concreto era factible condenar a la autoridad administrativa al pago de la prima de antigüedad, a razón de doce días por año de servicios, en tanto que ésta forma parte de las prestaciones mínimas de los trabajadores municipales de base y de confianza, de conformidad con los artículos 8 y 63 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del Estado y de los Municipios, máxime si el quejoso, como policía que fue, tiene el carácter de trabajador de confianza.