AMPARO DIRECTO 60/2019. 19 DE SEPTIEMBRE DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ALBERTO DÍAZ DÍAZ. SECRETARIO: JUAN PABLO GARCÍA LEDESMA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 60/2019. 19 DE SEPTIEMBRE DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ALBERTO DÍAZ DÍAZ. SECRETARIO: JUAN PABLO GARCÍA LEDESMA.

Fecha: 13-Dic-2019

Sextodecisión Judicial

Uno de los conceptos de violación es fundado, aunque suplido en la deficiencia de su queja, en términos de lo dispuesto por el artículo 79, fracción III, inciso a), de la Ley de Amparo(1), y suficiente para conceder el amparo solicitado por el quejoso **********, toda vez que este tribunal advierte que se violaron las leyes del procedimiento y, por tanto, se afectaron las defensas del impetrante en términos de lo dispuesto en el numeral 173, apartado A, fracciones VII y XIV, de la legislación invocada, lo cual trascendió al resultado del fallo.

Para mejor comprensión de tal aserto, es menester narrar, primeramente, los antecedentes del acto reclamado y, posteriormente, realizar el análisis de las aludidas violaciones procedimentales.