CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 9/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS TERCERO Y CUARTO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO. 24 DE OCTUBRE DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS RENÉ OLVERA GAMBOA, ROBERT
Fecha: 06-Ene-2023
Segundotrámite Y Turno De La Contradicción De Criterios
9. Por acuerdo de veinticuatro de junio de dos mil veintidós,(3) se tuvieron por recibidas las comunicaciones oficiales de los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes, en donde se acompañó, por un lado, la demanda de amparo y la sentencia reclamada dentro de los autos del amparo directo 363/2021 del índice del órgano jurisdiccional denunciante y, por otra parte, la demanda de amparo, la sentencia reclamada y la ejecutoria que recayeron en el expediente de amparo directo 250/2021, de la estadística del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, en donde además se informó que el criterio sostenido en este último asunto, seguía vigente.
10. Luego, mediante proveído de veintinueve de junio de dos mil veintidós,(4) se tuvo al director general de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, informando por oficio **********, que de la consulta realizada por la Secretaría General de Acuerdos, tanto en el sistema de seguimiento de contradicciones de tesis pendientes de resolver, como en los acuerdos de admisión dictados por el Ministro presidente durante los últimos seis meses, no se advirtió la existencia de algún asunto que guardara relación con la temática que aquí se plantea.
11. Finalmente, por auto de veintidós de agosto de dos mil veintidós,(5) se ordenó turnar los autos de la presente contradicción de criterios al Magistrado Oscar Hernández Peraza, adscrito al Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, para que procediera a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. No obstante, el doce de septiembre del año en curso, el nombrado Magistrado de Circuito elaboró dictamen solicitando al Pleno que, con motivo encontrarse radicados en la estadística de la Suprema Corte de Justicia de la Nación diversos asuntos con el mismo tema y por su trascendencia, se aplazara el dictado de la resolución respectiva, hasta tanto la Superioridad se pronunciará sobre el particular; sin embargo, en sesión de veintiséis de septiembre siguiente, los titulares integrantes de este Pleno de Circuito rechazaron ese dictamen, considerando que, por seguridad jurídica para este Tercer Circuito, debía resolverse el mismo. Consecuentemente, el día veintisiete de septiembre siguiente, se ordenó retornar el asunto al Magistrado Oscar Hernández Peraza, para que procediera a la elaboración de la propuesta respectiva, en términos del artículo 28 del Acuerdo General 8/2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito.
- Primerodenuncia De La Contradicción De Criterios
- Segundoadmisión De La Contradicción De Tesis
- Segundotrámite Y Turno De La Contradicción De Criterios
- Cuartosesión Virtual
- Primerocompetencia
- Segundo Legitimación
- Tercerocriterios Contendientes
- Demanda De Nulidad Y Sentencia Reclamada
- I Es Procedente Pero Infundado El Recurso De Reclamación De Mérito En Consecuencia
- Juicio De Amparo Directo Y Consideraciones De La Sentencia Materia De Contradicción
- Por Tal Motivo El Tribunal Colegiado De Circuito Acotó Lo Siguiente
- Cuartoexistencia De La Contradicción De Criterios
- A Primer Requisito Ejercicio Interpretativo Y Arbitrio Judicial
- B Segundo Requisito Punto De Toque Y Diferendo De Criterios Interpretativos
- Tercer Requisito Surgimiento De La Pregunta Que Detona La Procedencia De La Contradicción
- Quintocriterio Que Debe Prevalecer
- Ley Federal De Procedimiento Contencioso Administrativo
- Ley Orgánica Del Tribunal Federal De Justicia Administrativa
- Ley De Amnistía
- A Se Impute A La Madre Del Producto Del Embarazo Interrumpido
- Acuerdo Por El Que Se Crea La Comisión De Amnistía
- Iii Emitir El Procedimiento Para La Recepción Y Tramite De Las Solicitudes De Amnistía
- V Las Demás Que Sean Necesarias Para El Cumplimiento De Su Objeto
- Iii Solución Del Caso
- Primeroexiste La Contradicción De Tesis Denunciada
- Página Ibídem
- I Cuando Se Impugne Una Negativa Ficta
- Iii En Los Casos Previstos En El Artículo Anterior