CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 118/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO Y EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO. 16 DE NOVIEMBRE
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 118/2022. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO Y EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO. 16 DE NOVIEMBRE

Fecha: 28-Abr-2023

Vii Reglas Generales En Los Tipos De Suspensión En El Juicio De Amparo Indirecto

48. La suspensión en el juicio de amparo, de forma general, puede entenderse como la medida cautelar por medio de la cual el órgano jurisdiccional que conoce del juicio de amparo, en forma potestativa y unilateral, ordena a las autoridades señaladas como responsables de que mantengan paralizado o detenido un acto hasta tanto se resuelva en definitiva sobre su constitucionalidad.

49. De esa forma, el objeto de la suspensión radica en que la persona juzgadora de amparo detenga el acto reclamado, de manera que, si no se ha ejecutado, esto no ocurra, y si ya se realizó, no prosiga, ni sus efectos.

50. Esto, no sólo para preservar la materia del juicio mientras se resuelve el asunto, sino para impedir la ejecución de los actos reclamados que pudieran ser de imposible o difícil reparación.

51. Conforme al artículo 107, fracción X, párrafo primero, de la Constitución Política del País, la suspensión se otorga cuando la naturaleza del acto impugnado lo permita y bajo las condiciones que determine la ley reglamentaria.(11)

52. Atendiendo a los actos que se reclaman en el juicio, la Ley de Amparo establece distintos tipos de tramitación para decretar la suspensión, así como los casos, efectos y requisitos para su otorgamiento.

53. Los tipos de suspensión que regula la Ley de Amparo son los siguientes: A) la suspensión de plano y de oficio; B) la suspensión incidental a petición de parte; y, C) la suspensión incidental oficiosa. Procedemos al estudio de cada una de esas formas de suspensión. Las reglas generales en cada una de ellas son las siguientes: