CONTRADICCIÓN DE TESIS 2/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER Y EL SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIAS CIVIL Y ADMINISTRATIVA DEL DECIMOTERCER CIRCUITO. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE SUS INTEGRANTES MAGISTRADO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 2/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER Y EL SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIAS CIVIL Y ADMINISTRATIVA DEL DECIMOTERCER CIRCUITO. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE SUS INTEGRANTES MAGISTRADO

Fecha: 21-Oct-2022

Primerodenuncia De La Contradicción De Tesis

1. Mediante escrito recibido vía MINTERSCJN, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia del Alto Tribunal, Fidel Gallegos Figueroa, Juez Segundo de Distrito en el Estado de Oaxaca, con residencia en San Bartolo Coyotepec, denunció la posible contradicción de tesis entre los criterios sustentados por los Tribunales Colegiados, Primero y Segundo en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer (sic) Circuito, en el conflicto competencial 15/2021, del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer (sic) Circuito, y la determinación adoptada en el diverso conflicto competencial 5/2022, del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer (sic) Circuito.