CONTRADICCIÓN DE TESIS 2/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER Y EL SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIAS CIVIL Y ADMINISTRATIVA DEL DECIMOTERCER CIRCUITO. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE SUS INTEGRANTES MAGISTRADO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 2/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER Y EL SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIAS CIVIL Y ADMINISTRATIVA DEL DECIMOTERCER CIRCUITO. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE SUS INTEGRANTES MAGISTRADO

Fecha: 21-Oct-2022

Tercer Requisito Que Pueda Formularse Una Pregunta O Cuestionamiento A Resolver

25. Finalmente, el tercer requisito se verifica, ya que lo expuesto en los puntos que anteceden, dan lugar a la formulación de las interrogantes siguientes:

26. ¿La omisión de cumplimiento de una sentencia de nulidad y de la interlocutoria que declaró fundado el recurso «de» queja por incumplimiento de la sentencia, relativas al incremento de pensión de la parte quejosa, emitidas en un juicio contencioso administrativo por una Sala Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, conlleva ejecución o no requiere de ejecución material? y, consecuentemente, ¿qué regla competencial del artículo 37 de la Ley de Amparo le resulta aplicable?

27. Ahora bien, previo a establecer el criterio que debe prevalecer, con carácter de jurisprudencia, este Pleno de Circuito realiza las siguientes precisiones: