CONTRADICCIÓN DE TESIS 2/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER Y EL SEGUNDO TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIAS CIVIL Y ADMINISTRATIVA DEL DECIMOTERCER CIRCUITO. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE SUS INTEGRANTES MAGISTRADO
Fecha: 21-Oct-2022
Tercerotrámite
3. Por acuerdo de treinta de mayo de dos mil veintidós, la Magistrada presidente de este Pleno en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito ordenó que se formara y registrara la contradicción de tesis con el número 2/2022; y admitió a trámite el asunto.
4. Asimismo, consideró la existencia de un posible punto de contradicción entre los criterios sustentados por los Tribunales Colegiados contendientes.
5. En auto de tres de junio de dos mil veintidós, se agregaron los oficios en los que los órganos contendientes remitieron copias certificadas de los expedientes relativos a los conflictos competenciales 15/2021 y 5/2022, respectivamente, de los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materias Civil y Administrativa de este Circuito.
6. En diverso proveído de dieciséis de junio de dos mil veintidós, se agregaron los oficios ********** y ********** de trece y dieciséis de junio de dos mil veintidós y anexos; por medio del cual el director general de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis informó a este Pleno de Circuito que de la consulta del Sistema de Seguimiento de Contradicciones de Tesis pendientes de resolver en el Alto Tribunal, y de la revisión de los acuerdos de admisión de denuncias de contradicción de criterios dictados por el Ministro presidente durante los últimos seis meses, no se encontró registro en relación con el punto a dilucidar en la presente contradicción de criterios.
- Primerodenuncia De La Contradicción De Tesis
- Segundotrámite Ante La Suprema Corte De Justicia De La Nación
- Tercerotrámite
- Cuartoturno A Ponencia
- Primerocompetencia
- Segundolegitimación
- Primera Postura
- Iv Actos Reclamados
- En El Apartado De Antecedentes Del Acto Reclamado Expuso La Parte Quejosa Que
- Segunda Postura
- Iv Actos De Autoridad Reclamados
- Cuartoexistencia De La Contradicción
- Segundo Requisito Punto De Toque Y Diferendo De Criterios Interpretativos
- Tercer Requisito Que Pueda Formularse Una Pregunta O Cuestionamiento A Resolver
- Artículo
- Tesis A V A
- Tipo Aislada
- Quintocriterio Que Debe Prevalecer
- Conforme A Lo Anterior La Competencia Del Juez De Distrito Se Fija A Partir De Tres Supuestos
- A Procederá En Contra De Los Siguientes Actos
- Cuando La Autoridad Omita Dar Cumplimiento A La Sentencia
- Tesis Aj A
- Tipo Jurisprudencia
- Lo Resaltado Es Propio De Este Tribunal
- Primeroexiste La Contradicción De Tesis Denunciada
- Segundo
- Los Expedientes Remitidos A Las Salas Auxiliares Permanecerán En Éstas Hasta Su Destrucción