CONTRADICCIÓN DE TESIS 37/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DÉCIMO QUINTO Y QUINTO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 14 DE JUNIO DE 2022. MAYORÍA DE VEINTIÚN VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARTURO ITURBE RIVAS, JO
Fecha: 23-Sep-2022
Mecanismo De Progresividad
En el caso, el impuesto sobre adquisición de inmuebles grava –como su nombre lo indica– a la propiedad y en esa medida la capacidad contributiva a considerar para analizar su proporcionalidad, se establece directamente en razón del valor del inmueble que ingresa al patrimonio del sujeto pasivo.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la acción de inconstitucionalidad 29/2008, planteada por integrantes de la Cámara de Diputados, –contra los artículos primero, segundo, quinto y sexto del Decreto por el que se reforman, adicionan, derogan y abrogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios– analizó la idoneidad de la tasa imponible con el tipo de tributo para decidir si se viola, o no, el principio de proporcionalidad tributaria, con independencia si se trata de un impuesto directo, indirecto, objetivo o subjetivo.
- Primerosustanciación De La Presente Denuncia De Contradicción De Tesis
- Radicación De La Denuncia
- Manifestaciones De Los Tribunales Contendientes
- Turno Para El Proyecto De Resolución
- Primerocompetencia
- Segundolegitimación
- Premisa Jurídica
- B Llegado A Conclusiones Encontradas Respecto A La Resolución De La Controversia Planteada
- Criterio Jurídico Asumido Por El Mencionado Quinto Tribunal
- Para Corroborar Tal Determinación Señaló Que La Mecánica Se Aplica De La Forma Siguiente
- La Argumentación Utilizada En Soporte De Ese Criterio Es Del Texto Siguiente
- El Valor De Adquisición
- Criterio Jurídico Asumido Por El Mencionado Décimo Quinto Tribunal
- Conclusión En Cuanto A La Existencia De La Contradicción
- Salvedad A La Determinación Anterior
- Norma Vigente En Dos Mil Veinte
- Norma Vigente En Dos Mil Veintiuno
- Principio De Proporcionalidad Tributaria
- Mecanismo De Progresividad
- El Texto De La Ejecutoria Respectiva En La Porción Que Se Comenta Es El Siguiente
- Texto Del Cual Se Obtienen Las Premisas Siguientes
- Premisas Jurídicas Aplicadas Al Caso Concreto
- Se Explica
- Segunda Columna El Valor Del Inmueble Colocado En Los Niveles Inferior O Superior De Cada Rango
- Sexta Columna Es El Impuesto A Pagar
- Conclusión Jurídica
- Primerosí Existe Contradicción De Tesis