CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 210/2019. MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO, ESTADO DE QUINTANA ROO. 8 DE ABRIL DE 2021. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: FERNANDO SOSA PASTRANA Y MONSERRAT CID CABELLO.
Fecha: 17-Mar-2023
En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto de los apartados I, II, III, IV, V, VI y VII relativos, respectivamente, a los antecedentes, al trámite de la controversia constitucional, a la competencia, a la oportunidad, a la legitimación, a las causas de improcedencia (consistente en declarar infundada la hecha valer por el Poder Ejecutivo, atinente a que el Municipio actor no esgrimió conceptos de invalidez) y a la fijación de la litis.
- I Antecedentes
- Ii Trámite De La Controversia Constitucional
- Conceptos De Invalidez El Municipio Actor Argumenta Lo Siguiente
- Iii Competencia
- Iv Oportunidad
- V Legitimación
- Vi Causas De Improcedencia
- Vii Fijación De La Litis
- Viii Consideraciones Y Fundamentos
- Modificaciones En Lo Particular
- A Intervención De La Secretaría De Seguridad Pública Del Estado De Quintana Roo
- El Referido Argumento Es Infundado Por Las Siguientes Razones
- B Sanción Administrativa Grave
- Artículo
- Esta Falta Administrativa Se Sancionará Con Inhabilitación De Cinco A Diez Años
- D Bandos De Policía Y Buen Gobierno Y Seguridad Pública
- Ix Efectos
- Primeroes Parcialmente Procedente Y Parcialmente Fundada La Presente Controversia Constitucional
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
- Artículo El Plazo Para La Interposición De La Demanda Será
- Artículo Al Síndicoa Municipal Le Corresponden Las Siguientes Atribuciones Y Obligaciones
- Artículo Tendrán El Carácter De Parte En Las Controversias Constitucionales
- Artículo Los Estados No Pueden En Ningún Caso
- Ii La Secretaría A La Secretaría De Finanzas Y Planeación Del Estado De Quintana Roo
- Artículo Bis
- Xxx Sic Las Demás Que Le Encomienden Expresamente Las Leyes Y Reglamentos
- L Las Demás Que Determine La Presente Ley U Otros Ordenamientos Legales Aplicables
- I Integrar El Sistema Estatal De Seguridad Pública Y Cumplir Con Sus Objetivos Y Fines
- Vii Regular Los Sistemas Disciplinarios Así Como De Reconocimientos Estímulos Y Recompensas
- Ix Establecer Y Controlar Bases De Datos
- A La Cual Se Hace Referencia En La Acción De Inconstitucionalidad Ya Mencionada
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- Artículo Para Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Resuelta El Veintitrés De Enero De Dos Mil Veinte
- A En Envase Cerrado
- B En Envase Abierto O Al Copeo
- Iii Bar Lugar Donde Se Pueden Vender Bebidas Alcohólicas En Envase Abierto O Al Copeo
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por