CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 210/2019. MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO, ESTADO DE QUINTANA ROO. 8 DE ABRIL DE 2021. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: FERNANDO SOSA PASTRANA Y MONSERRAT CID CABELLO.
Fecha: 17-Mar-2023
I Antecedentes
1. Los hechos que dieron lugar a la presente controversia que se desprenden de las constancias que obran en autos, son los siguientes:
a) El gobernador del Estado de Quintana Roo presentó en el Congreso de dicha entidad federativa, una iniciativa con carácter de decreto mediante el cual se proponía reformar y derogar diversas disposiciones de la Ley sobre Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas de ese Estado, el seis de marzo de dos mil diecinueve. La presidencia de la Mesa Directiva del Poder Legislativo Local turnó la iniciativa referida a las Comisiones de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria y la de Hacienda, Presupuesto y Cuenta para su estudio, análisis y dictamen, en la misma sesión en la que se le dio lectura, la cual tuvo verificativo el día trece siguiente.(1)
b) El Pleno del Congreso Local aprobó tanto en lo general, como en lo particular, el dictamen con minuta que presentaron sus Comisiones de Puntos Legislativos y Técnica Parlamentaria y la de Hacienda, Presupuesto y Cuenta en relación con la iniciativa de referencia.(2) Ello, en sesión celebrada el quince de abril de dos mil diecinueve.(3)
c) En vista de lo anterior, el gobernador del Estado de Quintana Roo promulgó el Decreto Número 315 por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley sobre Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en la entidad federativa referida el diecisiete de abril de dos mil diecinueve, el cual se publicó en el Periódico Oficial de dicho Estado el día veintidós siguiente.(4) Este decreto, así como las consecuencias y actos subsecuentes que se hayan originado y los que se sigan originando con motivo de su aplicación, constituyen los actos impugnados en el presente asunto.
- I Antecedentes
- Ii Trámite De La Controversia Constitucional
- Conceptos De Invalidez El Municipio Actor Argumenta Lo Siguiente
- Iii Competencia
- Iv Oportunidad
- V Legitimación
- Vi Causas De Improcedencia
- Vii Fijación De La Litis
- Viii Consideraciones Y Fundamentos
- Modificaciones En Lo Particular
- A Intervención De La Secretaría De Seguridad Pública Del Estado De Quintana Roo
- El Referido Argumento Es Infundado Por Las Siguientes Razones
- B Sanción Administrativa Grave
- Artículo
- Esta Falta Administrativa Se Sancionará Con Inhabilitación De Cinco A Diez Años
- D Bandos De Policía Y Buen Gobierno Y Seguridad Pública
- Ix Efectos
- Primeroes Parcialmente Procedente Y Parcialmente Fundada La Presente Controversia Constitucional
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
- Artículo El Plazo Para La Interposición De La Demanda Será
- Artículo Al Síndicoa Municipal Le Corresponden Las Siguientes Atribuciones Y Obligaciones
- Artículo Tendrán El Carácter De Parte En Las Controversias Constitucionales
- Artículo Los Estados No Pueden En Ningún Caso
- Ii La Secretaría A La Secretaría De Finanzas Y Planeación Del Estado De Quintana Roo
- Artículo Bis
- Xxx Sic Las Demás Que Le Encomienden Expresamente Las Leyes Y Reglamentos
- L Las Demás Que Determine La Presente Ley U Otros Ordenamientos Legales Aplicables
- I Integrar El Sistema Estatal De Seguridad Pública Y Cumplir Con Sus Objetivos Y Fines
- Vii Regular Los Sistemas Disciplinarios Así Como De Reconocimientos Estímulos Y Recompensas
- Ix Establecer Y Controlar Bases De Datos
- A La Cual Se Hace Referencia En La Acción De Inconstitucionalidad Ya Mencionada
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- Artículo Para Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Resuelta El Veintitrés De Enero De Dos Mil Veinte
- A En Envase Cerrado
- B En Envase Abierto O Al Copeo
- Iii Bar Lugar Donde Se Pueden Vender Bebidas Alcohólicas En Envase Abierto O Al Copeo
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por