JUICIO SOBRE CUMPLIMIENTO DE LOS CONVENIOS DE COORDINACIÓN FISCAL 1/2005. DISTRITO FEDERAL.
Fecha: 11-May-2005
Resultando
PRIMERO. Mediante oficio recibido en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación el diez de junio de dos mil cinco, Alejandro Encinas Rodríguez, ostentándose como secretario de Gobierno del Distrito Federal, en ausencia del jefe de Gobierno y en representación de la entidad, promovió juicio sobre cumplimiento de los convenios de coordinación fiscal, en el que demandó la invalidez del acto que más adelante se precisa, emitido por las autoridades que a continuación se señalan:
"I. Nombre y domicilio del actor o demandante: Gobierno del Distrito Federal, con domicilio ubicado en el número 1 de Plaza de la Constitución, colonia centro, C.P. 06000, delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, representado por el suscrito en mi carácter de jefe de Gobierno del Distrito Federal constitucionalmente electo. II. Autoridades demandadas: a) C. Secretario de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal, con domicilio en Palacio Nacional. Primer Patio Mariano. 3er piso. Oficina No. 3045. Col. centro. Delegación Cuauhtémoc. C.P. 06000. México, Distrito Federal. b) C. Jefe de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con domicilio en avenida Hidalgo No. 77. Módulo 4. Piso 2o. Col. Guerrero. Delegación Cuauhtémoc. C.P. 06300. México, Distrito Federal. c) C. Tesorera de la Federación, con domicilio en avenida Constituyentes No. 1001. Edificio ‘A’. Piso 4o. Col. Belén de las Flores. Delegación Álvaro Obregón. C.P. 01110. México, Distrito Federal. d) C. Director general adjunto de Enlace con los Organismos del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, adscrito a la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con domicilio en avenida Hidalgo No. 77. Módulo 4. Piso 2o. Col. Guerrero. Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300. México, Distrito Federal. III. Acto o resolución que se impugna: Lo hago consistir en el descuento que bajo protesta de decir verdad, manifiesto que mi representado tuvo conocimiento con fecha 11 de mayo de 2005, realizado en el pago de la primera ministración del anticipo de participaciones al Distrito Federal correspondiente al mes de mayo de 2005 y que ascendió a un monto total de $37’860,152.28 (treinta y siete millones ochocientos sesenta mil ciento cincuenta y dos pesos 28/100 M.N.). Descuento en las participaciones en ingresos federales que fue solicitado por el jefe de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas a la C. Tesorera de la Federación, mediante oficio 351-A-EOS-368, y que, según la autoridad federal, corresponde al 1% del promedio mensual de la recaudación del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos del año de 2001, por cada vehículo adicional al décimo embargado por las Administraciones Locales de Auditoría Fiscal en el año de 2002, que en su criterio resultaron ‘documentados indebidamente’ por el Gobierno del Distrito Federal y que ascendieron a 13 vehículos en total."
- Secretaria Nínive Ileana Penagos Robles
- Resultando
- Segundo Los Antecedentes Manifestados En La Demanda Esencialmente Son Los Siguientes
- Tercero Los Conceptos De Invalidez Que Se Hacen Valer En Síntesis Son
- Sexto La Autoridad Demandada Produjo Su Contestación En Los Siguientes Términos
- Tampoco Es Necesario Que La Autoridad Federal Acredite Plenamente La Fecha De Documentación
- Considerando
- Cuarto Enseguida Se Procede A Analizar Si El Presente Juicio Fue Promovido Oportunamente
- Artículo El Plazo Para La Interposición De La Demanda Será
- C Al En Que El Actor Se Ostente Sabedor De Los Mismos
- Quinto Por Ser Un Presupuesto Procesal Necesario Se Analizará La Legitimación Activa
- Ley De Coordinación Fiscal
- Ley Reglamentaria De La Materia
- Constitución Federal
- Estatuto De Gobierno Del Distrito Federal
- Ley Orgánica De La Administración Pública Del Distrito Federal
- Estatuto Del Gobierno Del Distrito Federal
- I Secretaría De Gobierno
- Específicamente Cuenta Con Las Siguientes Atribuciones
- Reglamento Interior De La Administración Pública Del Distrito Federal
- I La Asamblea Legislativa Así Lo Acuerde En La Sesión Respectiva
- Sexto Enseguida Se Analizará La Legitimación Pasiva
- Artículo
- Artículo Tendrán El Carácter De Parte En Las Controversias Constitucionales
- De La Disposición Legal Transcrita En Lo Que Interesa Se Desprende
- De Lo Anterior Resulta Lo Siguiente
- Ley Del Impuesto Sobre Tenencia O Uso De Vehículos
- B De Las Multas Que Él Mismo Imponga Efectivamente Pagadas Y Que Hayan Quedado Firmes
- Artículo A
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve