QUEJA 87/2019. 3 DE ABRIL DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ MARTÍN HERNÁNDEZ SIMENTAL. SECRETARIO: ARTURO PEDROZA ROMERO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

QUEJA 87/2019. 3 DE ABRIL DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ MARTÍN HERNÁNDEZ SIMENTAL. SECRETARIO: ARTURO PEDROZA ROMERO.

Fecha: 07-Jun-2019

Impulso A Los Servicios De Cuidado Y Atención Infantil

En esta modalidad la población objetivo son las personas físicas que deseen establecer y operar una estancia infantil, o que cuenten con espacios en los que se brinde o pretenda brindar el servicio de cuidado y atención infantil para la población objetivo del Programa en la modalidad de apoyo a madres trabajadoras y padres solos, conforme a los criterios y requisitos establecidos en el numeral 5 de estas Reglas de Operación y sus anexos.

Para efecto de identificar y cuantificar a la población objetivo del programa que se encuentra dentro de los 6.1 millones de personas en situación de pobreza alimentaria extrema, que es la población objetivo y potencial de la estrategia de política social, integral y participativa de la cruzada contra el hambre, se deberán cumplir los criterios establecidos por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y, una vez identificadas dichas características, se dará atención preferente a ese conjunto de personas.

Los cuestionarios captados por el programa, serán procesados y enviados para ser incorporados al SIFODE, con la finalidad de evaluar criterios de elegibilidad de éste y otros programas sociales para su posible atención.

4. "SUSPENSIÓN. PARA DECIDIR SOBRE SU OTORGAMIENTO EL JUZGADOR DEBE PONDERAR SIMULTÁNEAMENTE LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO CON EL PERJUICIO AL INTERÉS SOCIAL O AL ORDEN PÚBLICO.". Jurisprudencia 2a./J. 204/2009, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, diciembre de 2009, registro digital: 165659, página 315.

5. Así lo determinó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. 44/2014 (10a.), de título y subtítulo: "INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR. SU CONFIGURACIÓN COMO CONCEPTO JURÍDICO INDETERMINADO Y CRITERIOS PARA SU APLICACIÓN A CASOS CONCRETOS." «publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 6 de junio de 2014 a las 12:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 7, Tomo I, junio de 2014, página 270».

6. Jurisprudencia P./J. 7/2016 (10a.), del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de título y subtítulo: "INTERÉS SUPERIOR DE LOS MENORES DE EDAD. NECESIDAD DE UN ESCRUTINIO ESTRICTO CUANDO SE AFECTEN SUS INTERESES." «publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 23 de septiembre de 2016 a las 10:32 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 34, Tomo I, septiembre de 2016, página 10».

7. Tesis aislada 2a. LXXXVIII/2018 (10a.), de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de título y subtítulo: "DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS. SUS DIFERENCIAS." «publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 21 de septiembre de 2018 a las 10:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 58, Tomo I, septiembre de 2018, página 1213».

8. Siguiendo la división realizada por Juan Antonio Cruz Parcero en el libro Hacia una teoría constitucional de los derechos humanos, publicado por el Instituto de Estudios Constitucionales del Estado de Querétaro, 1a. ed., 2017, página 206. La versión electrónica es consultable en: