RECURSO DE RECLAMACIÓN EN LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 11/95. GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, PRESIDENTE DEL CONGRESO Y PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA, TODOS DEL ESTADO DE TABASCO.
Fecha: 20-Jun-1995
Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Y Con Toda Atención A Usted Señor Procurador
"Pedimos:
"1. Que la Procuraduría General de la República declare su competencia para conocer de los hechos denunciados y realice la averiguación correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 113 del Código Federal de Procedimientos Penales.
"2. Requiera, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123, 125 y 181 del Código Federal de Procedimientos Penales, a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores los registros de las cuentas de cheques del banco Confía en la ciudad de Villahermosa, Tab., números 805175-0, 805200-5, 805211-0, 805481-4, 805480-6, 805472-5, consignadas en las pólizas originales, así como de otras cuentas, entregadas a esta procuraduría el 13 de los corrientes.
"3. Identifique consecuentemente a los titulares de dichas cuentas cuyas firmas autorizaron los giros correspondientes sobre las mismas, materia de esta denuncia.
"4. Cite, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 125 del Código de Procedimientos Penales, para que declaren sobre la autenticidad de la documentación entregada a esta procuraduría y sobre el origen y la aplicación de los recursos correspondientes, a:
- Secretario Tereso Ramos Hernández
- Resultando
- México Distrito Federal A Veinticinco De Septiembre De Mil Novecientos Noventa Y Cinco
- Considerando
- La Parte Actora Precisó En Su Demanda
- Antecedentes
- Segunda La Ratificación Y Ampliación De La Declaración De Los Denunciantes
- Novena La Presuncional Legal Y Humana Que Resulta De La Narración De Hechos Y Pruebas Procedentes
- Consideraciones Sobre La Competencia De La Procuraduría General De La República
- Por Lo Anteriormente Expuesto Y Fundado Y Con Toda Atención A Usted Señor Procurador
- A Los Titulares De Las Cuentas Referidas Que Autorizaron Los Giros Respectivos Sobre Ellas
- Jorge Abdó Francis N Cheques Nos
- Jorge Alberto Javier Quero N Cheque No
- México Distrito Federal A Diez De Octubre De Mil Novecientos Noventa Y Cinco
- Sexto En Contra Del Anterior Proveído La Recurrente Formuló Los Siguientes Agravios
- Por Todo Lo Anteriormente Expuesto Se Llega A Concluir
- Séptimo Los Agravios Formulados Por La Recurrente Son Infundados
- Al Promoverse La Prueba Pericial
- Notifíquese Y En Su Oportunidad Archívese El Toca Como Asunto Concluido