REVISIÓN ADMINISTRATIVA 173/2018. GUILLERMO DAVID VÁZQUEZ ORTIZ. 20 DE FEBRERO DE 2019. CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, EDUARDO MEDINA MORA I., JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS Y JAVIER LAYNEZ POTISEK; VOTARON CON RESERVA DE CRI
Fecha: 12-Abr-2019
V Suspensión Menos Ocho Puntos Y
"VI. Visitas de inspección: menos un punto. Únicamente serán objeto de valoración las últimas tres visitas de inspección y se descontará el puntaje señalado cuando de su análisis se advierta que no se han acatado las recomendaciones que, en su caso, se hayan formulado."
"Artículo 43. Si la plaza vacante en determinado órgano jurisdiccional es interina, a fin de resolver sobre la readscripción, la Secretaría Ejecutiva de Adscripción hará del conocimiento de los solicitantes tal circunstancia, para que dentro del término de tres días, y por escrito dirigido a la Comisión de Adscripción, manifiesten si insisten en dicho cambio; la falta de contestación oportuna se entenderá en sentido negativo y, por ende, no se atenderá ninguna de dichas solicitudes."
33. Véase la tesis 2a. CXVI/2010, titulada: "" (Novena Época, registro digital: 163288. Instancia: Segunda Sala. Tesis aislada. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXXII, diciembre de 2010, materia administrativa, página 803)
34. En el entendido que a la fecha en que se cumplimente la presente resolución ya habrá transcurrido el plazo por el que se había comisionado temporalmente al diverso Magistrado Máximo Ariel Torres Quevedo.
- Considerando
- Los Supuestos Jurídicos Y De Hecho Que Motivan La Presente Readscripción Son Los Siguientes
- Respecto Al Rubro Disciplina Se Advirtió Lo Siguiente
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- El Énfasis Subrayado Y Negritas Es Propio De La Resolución Transcrita
- C Otros Derechos Afectados La Determinación Impugnada Afecta Además Los Siguientes Derechos
- Iv En Su Caso El Desempeño En El Poder Judicial De La Federación Y
- Ii La Antigedad En El Poder Judicial De La Federación
- V La Disciplina Y Desarrollo Profesional
- Ii Los Resultados De Las Visitas De Inspección
- Iv No Haber Sido Sancionado Por Falta Grave Con Motivo De Una Queja De Carácter Administrativa Y
- C Que Exista La Necesidad De Adscribir O Readscribir Al Servidor Público Por Razones De Servicio
- De Ahí Que Su Agravio Resulte Inoperante
- Únicoes Fundado El Recurso De Revisión Administrativa
- Artículo
- Xi Las Demás Que Expresamente Les Encomiende La Ley
- Artículo El Recurso De Revisión Administrativa Podrá Interponerse
- Ii Tratándose De Las Resoluciones De Remoción Por El Juez O Magistrado Afectado Por La Misma Y
- Artículo Toda Notificación Surtirá Sus Efectos El Día Siguiente Al En Que Se Practique
- En Este Contexto El Recurrente Señala Que
- Controversia Entre Órganos Del Poder Judicial De La Federación
- De La Readscripción
- I Los Criterios Previstos Por El Artículo De La Ley
- I Los Cursos Del Instituto Serán Valorados De La Siguiente Manera
- C Diplomados Tres Puntos
- E Otros Cursos Especiales Seminarios Y Paneles Un Punto
- G Docencia En Materia Jurídica A Nivel Licenciatura Y Postgrado Tres Puntos
- V Suspensión Menos Ocho Puntos Y