REVISIÓN ADMINISTRATIVA 37/2014. HÉCTOR GASTÓN SOLÓRZANO VALENZUELA. 19 DE AGOSTO DE 2015. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS EDUARDO MEDINA MORA I., JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y ALBERTO PÉREZ DAYÁN; V
Fecha: 12-Abr-2019
Igual O Mayor Número De Errores E Idénticas O Similares Consideraciones
1) Evaluación del consejero Saloma Vera en el rubro: La comprensión de los problemas jurídicos a resolver. Los sustentantes Pedro Guerrero Trejo, Edmundo Raúl González Villaumé, Francisco Lorenzo Morán, Horacio Nicolás Ruiz Palma y Vladimir Véjar Gámez, quienes cometieron igual o mayor número de errores que el recurrente; sin embargo, bajo similares consideraciones, se les otorgó una mejor calificación. Asimismo, en el rubro: La fundamentación y motivación de las consideraciones que sustentan la propuesta de solución, derivadas de la interpretación y aplicación del marco jurídico que guarde relación con los problemas planteados, se hicieron los mismos comentarios en la evaluación del promovente que en la de los concursantes Edmundo Raúl González Villaumé y Vladimir Véjar Gámez; sin embargo, bajo idénticas consideraciones, se otorgó a éstos una mejor puntuación.
2) Evaluación del Juez Antonio González García en el rubro: La comprensión de los problemas jurídicos a resolver. Al recurrente se le evaluó con las mismas observaciones que al participante Pedro Guerrero Trejo; pero a éste se le otorgó una mejor calificación. Lo mismo aconteció en el rubro: "La fundamentación y motivación de las consideraciones que sustentan la propuesta de solución, derivadas de la interpretación y aplicación del marco jurídico que guarde relación con los problemas planteados.".
3) Evaluación del Juez Fernando Silva García en el rubro: La comprensión de los problemas jurídicos a resolver. Al recurrente se le evaluó con las mismas observaciones que al participante Gustavo Stivalet Seda; sin embargo, a éste se le otorgó una mayor calificación. En el rubro: La fundamentación y motivación de las consideraciones que sustentan la propuesta de solución, derivadas de la interpretación y aplicación del marco jurídico que guarde relación con los problemas planteados, sucedió lo mismo frente al concursante Vladimir Véjar Gámez, pues a pesar de que éste tuvo un mayor número de errores que el recurrente, obtuvo una mejor calificación.
Dichos agravios son inatendibles respecto de los concursantes que no resultaron vencedores en el concurso, conforme al criterio fijado por esta Segunda Sala en la revisión administrativa 81/2014, reiterado en las revisiones administrativas 26/2014 y 21/2014. Por tanto, el estudio de los agravios en los que se plantee violación al principio de igualdad no puede realizarse frente a los siguientes concursantes mencionados en el escrito de ampliación de agravios: Pedro Guerrero Trejo, Edmundo Raúl González Villaumé, Francisco Lorenzo Morán, Horacio Nicolás Ruiz Palma, Vladimir Véjar Gámez y Gustavo Stivalet Seda.
De esta manera, únicamente pueden atenderse los agravios donde el recurrente considera que se violó el principio de igualdad respecto de los concursantes que resultaron ganadores, cuyos nombres se enumeran a continuación:
- Considerando
- Quintoagravios En Su Escrito De Expresión De Agravios El Recurrente Adujo Lo Siguiente
- Admitir Al Recurrente A Las Etapas Subsecuentes Del Concurso
- C Evaluar Los Factores Al Desempeño Judicial
- Este Agravio Es Infundado
- Ii Agravios Relativos A La Valoración De Los Factores De Desempeño Judicial
- El Artículo Fracción Iii Del Acuerdo General En La Parte Que Interesa Dispone
- La Puntuación Anterior Será Acumulativa Y No Podrá Exceder De Puntos
- Iii Agravios Relativos A La Evaluación Del Caso Práctico
- Igual O Mayor Número De Errores E Idénticas O Similares Consideraciones
- Vargas Alarcón Patricio Leopoldo
- Es Infundado El Agravio Planteado
- De Ahí Lo Infundado Del Agravio Hecho Valer Por El Recurrente
- Estos Agravios Son Infundados
- Únicoes Infundada La Revisión Administrativa
- Como Se Desprende De Las Manifestaciones De La Foja
- Como Se Desprende De La Etiqueta Visible En La Foja
- Iii El Comité Técnico Del Concurso Deberá
- I Un Miembro Del Consejo De La Judicatura Federal Quien Lo Presidirá