Suprema Corte de Justicia de la Nación
REVISIÓN ADMINISTRATIVA 37/2014. HÉCTOR GASTÓN SOLÓRZANO VALENZUELA. 19 DE AGOSTO DE 2015. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS EDUARDO MEDINA MORA I., JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y ALBERTO PÉREZ DAYÁN; V
Fecha: 12-Abr-2019
Vargas Alarcón Patricio Leopoldo
Ahora bien, en relación con el reclamo de violación al principio de igualdad por parte del comité técnico, el recurrente combate las siguientes evaluaciones:
1) Evaluación del consejero Saloma Vera en el rubro: La comprensión de los problemas jurídicos a resolver. Se alega que al promovente se le calificó con las mismas observaciones que a los contendientes Karlos Alberto Soto García, Juan Enrique Parada Seer y Carlos Gutiérrez López. Sin embargo, a éstos, con las mismas o similares razones y motivación, se les otorgó una mayor calificación que al promovente.
- Considerando
- Quintoagravios En Su Escrito De Expresión De Agravios El Recurrente Adujo Lo Siguiente
- Admitir Al Recurrente A Las Etapas Subsecuentes Del Concurso
- C Evaluar Los Factores Al Desempeño Judicial
- Este Agravio Es Infundado
- Ii Agravios Relativos A La Valoración De Los Factores De Desempeño Judicial
- El Artículo Fracción Iii Del Acuerdo General En La Parte Que Interesa Dispone
- La Puntuación Anterior Será Acumulativa Y No Podrá Exceder De Puntos
- Iii Agravios Relativos A La Evaluación Del Caso Práctico
- Igual O Mayor Número De Errores E Idénticas O Similares Consideraciones
- Vargas Alarcón Patricio Leopoldo
- Es Infundado El Agravio Planteado
- De Ahí Lo Infundado Del Agravio Hecho Valer Por El Recurrente
- Estos Agravios Son Infundados
- Únicoes Infundada La Revisión Administrativa
- Como Se Desprende De Las Manifestaciones De La Foja
- Como Se Desprende De La Etiqueta Visible En La Foja
- Iii El Comité Técnico Del Concurso Deberá
- I Un Miembro Del Consejo De La Judicatura Federal Quien Lo Presidirá