REVISIÓN ADMINISTRATIVA 37/2014. HÉCTOR GASTÓN SOLÓRZANO VALENZUELA. 19 DE AGOSTO DE 2015. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS EDUARDO MEDINA MORA I., JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y ALBERTO PÉREZ DAYÁN; V
Fecha: 12-Abr-2019
Únicoes Infundada La Revisión Administrativa
Notifíquese; haciéndolo personalmente al interesado y con testimonio de esta resolución al Consejo de la Judicatura Federal y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., José Fernando Franco González Salas (ponente), Margarita Beatriz Luna Ramos y presidente Alberto Pérez Dayán. El Ministro José Fernando Franco González Salas, emitió su voto con reservas. El Ministro Juan N. Silva Meza, se encuentra legalmente impedido para conocer del presente asunto.
Nota: Las tesis de jurisprudencia y aisladas P./J. 41/2012 (10a.), 2a. LXXXVII/2014 (10a.), 2a./J. 67/2011, P./J. 99/2010, 1a./J. 14/2010, P./J. 3/2005, P./J. 36/99, 2a. LV/2011, P. X/2002, P. VIII/99 y P. XXXI/97 citadas en esta ejecutoria, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVI, Tomo 1, enero de 2013, página 51; en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 8 de agosto de 2014 a las 8:05 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 9, Tomo II, agosto de 2014, página 971; así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomos XXXIV, julio de 2011, página 853; XXXII, octubre de 2010, página 5; XXXI, mayo de 2010, página 716; XXI, febrero de 2005, página 5; IX, abril de 1999, página 30; XXXIII, mayo de 2011, página 661; XV, marzo de 2002, página 6; IX, febrero de 1999, página 43 y V, febrero de 1997, página 129, respectivamente.
- Considerando
- Quintoagravios En Su Escrito De Expresión De Agravios El Recurrente Adujo Lo Siguiente
- Admitir Al Recurrente A Las Etapas Subsecuentes Del Concurso
- C Evaluar Los Factores Al Desempeño Judicial
- Este Agravio Es Infundado
- Ii Agravios Relativos A La Valoración De Los Factores De Desempeño Judicial
- El Artículo Fracción Iii Del Acuerdo General En La Parte Que Interesa Dispone
- La Puntuación Anterior Será Acumulativa Y No Podrá Exceder De Puntos
- Iii Agravios Relativos A La Evaluación Del Caso Práctico
- Igual O Mayor Número De Errores E Idénticas O Similares Consideraciones
- Vargas Alarcón Patricio Leopoldo
- Es Infundado El Agravio Planteado
- De Ahí Lo Infundado Del Agravio Hecho Valer Por El Recurrente
- Estos Agravios Son Infundados
- Únicoes Infundada La Revisión Administrativa
- Como Se Desprende De Las Manifestaciones De La Foja
- Como Se Desprende De La Etiqueta Visible En La Foja
- Iii El Comité Técnico Del Concurso Deberá
- I Un Miembro Del Consejo De La Judicatura Federal Quien Lo Presidirá