SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 1/2003. MAGISTRADOS DEL SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA 1/2003. MAGISTRADOS DEL SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fecha: 06-Ago-1984

Excepciones Procesales

"Por lo que respecta al capítulo segundo que se refiere a las excepciones, la iniciativa pretende cambios sustanciales derivados de la introducción de la audiencia previa, que se analizará más adelante.

"En efecto, se sugiere la reforma radical del artículo 35 para suprimir la enumeración de las llamadas excepciones dilatorias, y en su lugar disponer que, con excepción de la incompetencia del órgano jurisdiccional, las objeciones planteadas respecto de los presupuestos procesales, se resolverán en la audiencia previa regulada por nuevos preceptos que implican la derogación de los artículos 36 y 43, estrechamente relacionados con el que se modifica sustancialmente.