SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 047/00
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 047/00

Fecha: 05-Jul-2000

I.2

I.2 Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación con el propósito de uniformar criterio respecto al procedimiento que debe seguirse en los “casos de corte”, emitió la referida circular, la cual en su inc. 4º, última parte introdujo una declaración que dispuso la improcedencia de cualquier recurso contra el auto que rechaza la apertura de sumario penal. Que frente a dicha Circular al parecer existen criterios diferentes y contrapuestos, referente a la procedencia e improcedencia de la apelación que interpuso el 30 de julio de 1999  contra el rechazo de querella y apertura de causa por el delito de prevaricato contra Alfonso Coca Echeverría, ex Juez  Séptimo  de Partido en lo Civil, por haber pronunciado el Auto declarativo de quiebra del Banco en evidente infracción del art. 1686 del Código de Comercio, lo que hace que hasta la fecha dicho recurso no sea resuelto por existir la inclinación de dar preferente aplicación a la última parte del inciso 4º de la referida Circular, con relación a cualquier otra norma como ha sucedido en otros casos similares.