Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 80/01
Fecha: 04-Oct-2001
IV.2
IV.2 El representante de la Caja Nacional de Salud, Benjamín Valdés Tardío (fs. 212), solicitó se complemente la sentencia, pidiendo se condene en costas al demandante “en estricta aplicación del art. 512 del Código de Procedimiento Civil”, y se pronuncie sobre la norma del art. 197 del mismo Código, “atendiendo la naturaleza de la entidad pública que representa”. Dicho petitorio mereció el Auto de 9 de septiembre de 2000 (fs. 212 vta.), por el cual el Juez del proceso dispuso se eleve en consulta el proceso, sin perjuicio de que el fallo pueda ser apelado, agregando: “por lo demás, siendo claros los términos de la sentencia, no ha lugar a lo solicitado”.