SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 80/01
Fecha: 04-Oct-2001
IV.3
IV.3 Apelado el fallo de primera instancia (fs. 221 a 236), la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de La Paz emitió el Auto de Vista No. 222/01 de 14 de mayo de 2001 (fs. 256 y 257), en el que confirmó la sentencia, con costas “de acuerdo con el art. 237-I-1) del Código de Procedimiento Civil”. La empresa demandante, notificada en 16 de mayo de 2001 a horas 11:00, solicitó complementación y enmienda a través del memorial presentado en 17 de mayo a horas 10:15, en virtud a que la sentencia no la condenó en costas y no fue apelada por la Caja Nacional de Salud, resultando “incongruente” que la Corte de alzada en forma ultra petita y contra lo que establece el art. 39 de la Ley No. 1178, disponga la condenación en costas a “IDENTIBOL” Ltda.