SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 011/01
Fecha: 15-Feb-2001
I.5.-
I.5.- Que ante la evidencia de que el Decreto Supremo y la Resolución Administrativa ya referidos, violan disposiciones legales, las AFPS se encontraban obligadas a representar e impugnar dichas disposiciones, aspecto que no ha sucedido, lo que implica que las mismas “cohonestan” con estas conductas ilegales.
En mérito a lo anterior, como beneficiarios de la capitalización interponen Recurso Directo de Nulidad contra el Poder Ejecutivo representado por el Presidente Constitucional de la República, Hugo Bánzer Suárez, el Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros, Dr. Pablo Gottret Valdes, contra Francisco de Miguel Rodriguez, Gerente de la AFP “Futuro de Bolivia” y Pablo Zegarra Arana, Gerente de la AFP “Previsión” pidiendo que previo el trámite legal se pronuncie Sentencia Constitucional declarando la nulidad de los arts. 2, 3, 4 y 6 del D.S. Nº 25994 y de los actos denunciados, al ser evidente que el Poder Ejecutivo, la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros y las Administradoras de Fondos de Pensiones, han usurpado funciones que no les compete, ejerciendo jurisdicción y potestad que no emana de la Ley.