SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 026/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 026/01

Fecha: 26-Abr-2001

III.3

III.3   El art. 15 del DS. No. 24247 señala que las Cortes Departamentales Electorales, previa convocatoria pública, designarán a los Oficiales del Registro Civil por el término de 4  años renovables, conforme a los requisitos que se establezcan en el reglamento que será aprobado por la Corte Nacional Electoral, de lo que se infiere que no es contrario a las normas y principios contenidos en la Constitución Política del Estado.