SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 026/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 026/01

Fecha: 26-Abr-2001

III.4

III.4   Los Oficiales del Registro Civil, al ser designados por las Cortes Electorales, no estarían comprendidos en las disposiciones relativas a la carrera administrativa del Estatuto del Funcionario Público, sino que se adecuarían al  art. 5 - b) del mismo, pues establece que los funcionarios designados son aquellos cuya función pública emerge de un nombramiento a cargo público, conforme a la Constitución Política del Estado, disposición  legal o Sistema de Organización Administrativa aplicable, aclarando en su última parte que tales funcionarios no están sujetos a las disposiciones relativas a la Carrera Administrativa de ese Estatuto.