SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 052/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 052/01

Fecha: 10-Jul-2001

f)

f)    Que, la Resolución Ministerial Nº 127/92 impugnada, es complementaria de la Resolución Triministerial, y fue dictada a solicitud de la Federación de Ganaderos de Tarija, por lo que en caso de disconformidad debería resolverse en el seno de esa organización  conforme a sus Estatutos y Reglamentos, pero nunca recurrir a recursos como el planteado.

f)    Que, la Resolución Ministerial Nº 127/92, no quebranta los artículos 26 y 59-2) Constitucionales, ya que el artículo 1 de la misma, en ningún momento constituye impuesto, pues claramente indica que es un descuento, que jamás puede ser tomado como sinónimo de impuesto por una parte; y por otra, que la Resolución simplemente legítima una demanda de FEGATAR, pudiendo ser revocable solamente si ellos lo solicitan.