SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 69/01
Fecha: 27-Ago-2001
III.1.
III.1. De fs. 68 a 70 vta., Leopoldo Fernández López, Presidente en ejercicio del Honorable Congreso Nacional por mandato Constitucional, en ausencia temporal del Señor Presidente del Congreso Nacional-Vicepresidente de la República se apersona y señala que el Complejo de San Francisco de la ciudad de Sucre por sus características de monumento e importancia, requería la aprobación de una Ley para que el Banco Central de Bolivia efectúe bajo la supervisión técnica y coordinación del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, las tareas de restauración, protección, conservación y administración del referido Complejo, el mismo que está integrado por el Templo, el Cuartel y la Campana de la Libertad.