SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 77/01
Fecha: 21-Sep-2001
III.1.
III.1. Que, la recurrente conjuntamente con su esposo patrocinaron un juicio civil seguido por el Fondo de Pensiones del Magisterio (FOPEMA) contra la Caja Nacional de Salud por pago de aportes, dentro del cual se dictó sentencia declarando probada la demanda, ante lo cual la demandada interpone apelación y solicita se dé aplicación al art. 197 del Cód. Pdto. Civ. (fs. 1065-1080), Recurso que es resuelto por Auto de 26 de abril de 1996 anulándose obrados hasta decretarse autos para sentencia (fs. 1117-1118), ante lo cual la Caja Nacional de Salud interpone Recurso de Casación contra el citado Auto de Vista argumentando que el juicio en trámite debería ser de conocimiento de la judicatura laboral y seguridad social, por lo que pedían la nulidad de todo lo obrado (fs. 1142-1148). Radicado el expediente ante la Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia, se dicta el A.S. Nº 75 de 10 de abril de 1997, declarándose infundados los Recursos planteados con el fundamento de que los Recursos de Apelación contra la sentencia fueron presentados extemporáneamente así como el incidente de nulidad de notificación (fs. 1173 y vta).