SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 07/02
Fecha: 17-Ene-2002
I.1.
I.1. En el trámite administrativo de expropiación prefectural sobre el fundo donde funciona la Cárcel de Mujeres de Obrajes de La Paz , se demanda la revocación de la Resolución Prefectural N° A/152/73 de 13 de julio de 1973 denunciando la inconstitucionalidad de la Resolución No. 367 de 14 de enero de 1975 antes mencionada. Por Decreto Supremo N° 04671 de 17 de junio de 1957 se declaró la necesidad y utilidad social de la expropiación del inmueble, de 7.716 ms2 perteneciente a su causante José Malky Sillmán, habiéndose consignado en principio el nombre de Isaura Miranda. La Prefectura de La Paz debió iniciar la expropiación de ese inmueble de acuerdo con la Ley de Expropiación de 1884. Dictada la Resolución Prefectural N° A/110 de 10 de agosto de 1957 y existiendo oposición sobre el derecho propietario, el trámite quedó estancado y por Resolución Prefectural N° A/152/73 de 13 de julio de 1973 se suspendió el pago por concepto de expropiación, hasta que el órgano jurisdiccional determine la titularidad del derecho.
- Vistos
- I.1.
- I.2.
- I.3.
- I.4.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- CONSIDERANDO IV
- “por causa de utilidad pública o cuando la propiedad no cumple una función social, calificada conforme a ley y previa indemnización justa”.
- Fragmento 11
- CONSIDERANDO V
- “El precio íntegro de la tasación se satisfará al interesado con anticipación al desahucio, o se depositará si hubiere reclamación de tercero por razón de enfiteusis, servidumbre, hipoteca, arriendo u otro cualquier gravamen que afecte la propiedad, dejando a los tribunales ordinarios la declaración de los respectivos derechos.”
- FUNDADO
- Sentencia: Nº 07/2002
- 1.
- 3.
- 4.
- FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA:
- el presente recurso para obtener el precio de la indemnización y pago cuya finalidad persigue el accionante,