SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1352/2002-R
Fecha: 05-Nov-2002
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
Con esos antecedentes plantea recurso de amparo constitucional contra Mery Quevedo Carmona, Lilián Flores Jarillo y Lourdes Valencia Esteves, Presidenta, Vicepresidenta y Secretaria de Asuntos Gremiales del Colegio de Bioquímica y Farmacia, respectivamente y contra Dalcy Torrico Castillo, Rolando Urgel Dalence, Blanca Patiño Khun y Bertina Paz Saucedo y pide que el recurso sea declarado procedente disponiéndose la nulidad de todo lo actuado y por consiguiente la Resolución de 14 de agosto de 2002, así como la comunicación de suspensión en el ejercicio profesional, remitida por el Colegio de Bioquímica y Farmacia al Director del Hospital Municipal “San Juan de Dios”, condenándose al pago de daños y perjuicios.
- Fernando Ardaya Reyes
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- Tribunal de Honor Departamental recurrido
- la Presidenta y Vicepresidenta del Colegio Departamental también recurridas
- se ha restringido el derecho al trabajo del recurrente