SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1352/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1352/2002-R

Fecha: 05-Nov-2002

PROCEDENTE

Concluida la audiencia la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz de acuerdo con el dictamen fiscal, pronunció la Resolución de 03 de septiembre de 2002, que corre a fojas 148-149, que declara PROCEDENTE el Recurso y deja sin efecto la suspensión dispuesta en contra del recurrente hasta la ejecutoria del fallo, con estos fundamentos: a) cuando una resolución adquiere la calidad de cosa juzgada, recién puede ejecutarse, b) en el caso, la Resolución que dispone la suspensión por 30 días del recurrente no le ha sido notificada y c) pese a no haber adquirido ejecutoria esa determinación, ha sido ejecutada por el Director del Hospital San Juan de Dios quién procedido a suspender al recurrente, no por decisión propia sino por una misiva que le envió la Presidenta del Colegio Departamental de Bioquímica y Farmacia.