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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1505/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1505/2002-R

    Fecha: 12-Dic-2002

    APRUEBA

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los artículos 120.7ª CPE y  el art. 102-V LTC APRUEBA la Resolución de 18 de septiembre de 2002, cursante de fs. 247 vta. a 249, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz.

    • Sergio Alberto Vicente Echazú Ramos
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • contra Eun Zhil Chung Kim, Rector de la Universidad Cristiana de Bolivia
    • (fs. 203-208)
    • (fs. 240 a 242)
    • improcedente
    • (fs. 251-252)
    • II.1
    • II.2
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • el adjuntado por las autoridades recurridas tiene en su título el agregado de rectificado, donde está incluido el examen de grado como requisito
    • Quedan derogados todos los reglamentos sobre recepción de exámenes de grado en las carreras de medicina, anteriores a la presente normativa
    • III.2
    • APRUEBA

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