SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1517/2002-R
Fecha: 13-Dic-2002
Edgar Ribera Nasica
En revisión la Sentencia de 14 de octubre de 2002, cursante a fs. 79 y 80, dictada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Edgar Ribera Nasica contra Miguel Ángel Fernández, Aydeé Vásquez Jiménez, miembros de la Comisión Sumariante, Gabriel Arteaga Cabrera y Vicente Gutiérrez Gutiérrez, Gerente General y Administrador Regional de Santa Cruz de la Caja Nacional de Salud (CNS), alegando la vulneración de los derechos reconocidos por los arts. 7-d), j), 156, 157 de la Constitución Política del Estado (CPE) y los principios establecidos en los arts. 7-I-a), c), II-a), c), d) y 17 del Estatuto del Funcionario Público (EFP).
- Edgar Ribera Nasica
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II. 5
- II.6
- II.8
- II.10
- II.11
- No consta notificación alguna con dicho fallo al recurrente, a los co-procesados ni a la máxima autoridad ejecutiva de la CNS, únicamente la nota de 14 de octubre (fs. 62), en la que el Asesor Legal Regional de la CNS comunica a la Jefa del Departamento Jurídico de la CNS, que no se pudo notificar a Edgar Rivera Nasica, que fue buscado “viernes y sábado” por los procuradores de esa Oficina.
- III.1.
- “a) la prevista en las normas específicas de la entidad, o en su defecto,
- diez días hábiles el término de prueba
- III.2.
- que no se notificó a los procesados -y, en concreto, al recurrente- con el Auto de apertura del término probatorio
- 25 de septiembre
- III.3.
- III.4.