Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 67/2002
Fecha: 02-Ago-2002
II.2.
II.2. El Fiscal General, dicta el Instructivo 020/2001 de 30 de octubre de 2001, relativo al procedimiento disciplinario por denuncia directa ante autoridad competente (Fiscales de Distrito), los que se tramitarán sin la intervención de la Inspectoría General, en tanto esa autoridad sea designada (fs. 68-70).