Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 984/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
II.2.
II.2. El Director Distrital de Educación de Mocomoco, en 3 de enero de 2002 (fs. 66 y 67), informó al Director Departamental del SEDUCA, el abandono de funciones en que habría incurrido la recurrente, además de su incumplimiento a las tareas que se le asignan, solicitando el cambio de dicha funcionaria, el descuento de sus haberes por los días no trabajados y la retención de su boleta de pago de diciembre de 2001 “por la no presentación de documentos”.
- por Karina Julieta Mansilla Rea contra Jorge Ayala Claros, Director del Servicio Departamental de Educación de La Paz y Angelino Condorena Salcedo, Director Distrital de Educación de Mocomoco,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III.1
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- III.9.
- Fragmento 20