SENTENCIA CONSTITUCIONAL 984/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 984/2002-R

Fecha: 16-Ago-2002

III.8.

III.8.  Que en lo concerniente al co-recurrido, Director Departamental del SEDUCA de La Paz, se tiene evidencia que no tiene atribución legal alguna para contratar ni destituir al personal asignado a una Dirección Distrital, razón por la que carece de legitimación pasiva en el presente Recurso, calidad que de acuerdo a lo  sostenido por el Tribunal Constitucional en sus fallos Nos.  255/01-R, 829/01-R, 1349/01-R y muchos otros, se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción, lo que no ocurre en el presente caso, no pudiendo responsabilizarse de las presuntas irregularidades a quien no las cometió,   motivo por el que el presente  Amparo es improcedente respecto a él.