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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 984/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 984/2002-R

    Fecha: 16-Ago-2002

    III.9.

    III.9.  Que del análisis efectuado, se concluye que  la Corte de Amparo, al haber declarado procedente el Recurso en relación a ambos recurridos, no  ha evaluado correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo, puesto que el Director Departamental del SEDUCA no ha cometido ningún acto ilegal que amerite la declaratoria de procedencia en su contra.

    • por Karina Julieta Mansilla Rea contra  Jorge Ayala Claros, Director del Servicio Departamental de Educación de La Paz y Angelino Condorena Salcedo, Director Distrital de Educación  de Mocomoco,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • a)
    • PROCEDENTE
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.8.
    • III.1
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • III.5.
    • III.6.
    • III.7.
    • III.8.
    • III.9.
    • Fragmento 20

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