Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 984/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
II.4.
II.4. De acuerdo a la Certificación emitida por el Coordinador del Área de recursos Humanos de la Unidad de Administración de Recursos Humanos VEIPS- MEC y D, en 4 de junio de 2002 (fs. 10), desde enero del presente año se encuentra en acefalía el ítem Nº 860 (que correspondía a la recurrente), habiendo sido declarado en acefalía de acuerdo al informe presentado por Angelino Condorena, Director Distrital de Educación de Mocomoco.
- por Karina Julieta Mansilla Rea contra Jorge Ayala Claros, Director del Servicio Departamental de Educación de La Paz y Angelino Condorena Salcedo, Director Distrital de Educación de Mocomoco,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III.1
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- III.9.
- Fragmento 20