Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1045/2002-R
Fecha: 02-Sep-2002
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
De acuerdo a lo expuesto, interponen recurso de hábeas corpus contra Ricardo Ramos Prieto, Juez de Partido Mixto Liquidador de Entre Ríos, solicitando sea declarado procedente, “por negativa indebida a su libertad y resistencia a fallos del máximo Tribunal Constitucional que dispone la procedencia de su solicitud”, ordenando al Juez del proceso les conceda la cesación de su detención preventiva, conforme señala el art. 239-3) CPP.
- Ramón Rafael Rojas, Julio Alberto Asa y Teodoro Valentín Villagrán,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2
- II.4
- II.6
- II.7
- II.8
- III.1
- III.2
- ya se definió la situación jurídica de los dos actores mencionados en otro hábeas corpus planteado por ellos mismos
- III.3
- es decir que se ha producido la causal que la mencionada disposición legal determina para hacer efectiva la cesación de la detención preventiva de Ramón Rafael Rojas
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- REVOCA EN